El baremo de indemnización por accidentes

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El 1 de enero de 2016 entraba en vigor la actualización del Baremo para calcular las indemnizaciones a las tiene derecho una persona tras sufrir un accidente de tráfico. Como a lo largo de nuestra amplia trayectoria como abogados especializados en accidentes de tráfico en Madrid hemos visto cómo el sistema de valoración económica de estas secuelas experimentaba diferentes modificaciones, hoy nos gustaría dedicar este post a explicarte de manera sencilla algunas de sus características.

¿Qué es el Baremo de indemnizaciones?

Cuando hablamos del Baremo de indemnizaciones por accidente de tráfico nos estamos refiriendo al conjunto de reglas establecidas por la ley para calcular en términos económicos la cuantía de las indemnizaciones que le corresponden a una persona por haber sufrido unos daños y perjuicios como consecuencia de un accidente de circulación.

La Ley 35/2015 de 22 de septiembre estableció un nuevo sistema para valorar las indemnizaciones por accidente, las cuales pasaron a quedar reflejadas en unas tablas que constituyen el Baremo al que hoy nos referimos y que se actualiza anualmente. Como abogados especializados en accidentes de tráfico te recordamos que es importante tener en cuenta que si un accidente de tráfico es anterior al 31 de diciembre de 2015, el cálculo de la indemnización se realizará conforme al anterior sistema de valoración vigente hasta entonces.

La importancia del Baremo va más allá del ámbito de las secuelas físicas de los accidentes de tráfico ya que, tal y como señala la jurisprudencia, el baremo también es aplicable con carácter orientativo a los daños que padece una persona cuando sufre un accidente laboral o una negligencia médica.

¿En qué casos se aplica?

Tendríamos que hablar de los llamados daños indemnizables o susceptibles de indemnización que son los recogidos en las tablas 1-2-3 del Baremo: el fallecimiento, las lesiones físicas y morales permanentes y las lesiones físicas y morales temporales.

Este modelo de indemnizaciones se basa principalmente en la reparación íntegra de los daños y perjuicios causados, de ahí que entren en juego conceptos más ambigüos como la “pérdida de calidad de vida” junto con otros más empíricos como el “daño corporal”.         

10 ABOGADOS GH POST SEPTIEMBRE BAREMO ACCIDENTE 2

Ejemplo de Baremo - Fuente: Dirección General de Tráfico

El problema del esguince cervical

El esguince cervical ha estado siempre en el punto de mira de las compañía aseguradoras que lo consideran una lesión susceptible de fraude, ya en muchas ocasiones se manifiesta en forma de un dolor “no demostrable” de forma médica. Sin embargo, en el Baremo 2016, queda reflejado que los traumatismos cervicales menores que se diagnostiquen basándose en la mera manifestación del lesionado de existencia de dolor, se considerarán lesiones temporales aunque no puedan verificarse mediante pruebas médicas, siempre que el facultativo considere que la naturaleza del accidente pueda producir el dolor que afectado manifiesta, de acuerdo con los criterios de causalidad genérica:

  • Que no medie otra causa que justifique esta patología.

  • Que el dolor coincida cronológicamente con el hecho lesivo, es decir, que los síntomas aparezcan dentro de las 72 horas posteriores al accidente o que el lesionado haya sido objeto de atención médica en ese plazo.

  • Que existe una relación entre la zona corporal afectada y la lesión sufrida.

  • Que la intensidad del dolor sea la lógica valorando el tipo de lesión sufrida y el mecanismo que la ha causado.

 

Teniendo estos aspectos en cuenta, el esguince cervical será indemnizado siempre que exista un informe médico concluyente que acredite su existencia aunque no existan pruebas que lo demuestren médicamente.

En cualquier caso y como siempre te recomendamos, ponerte en manos de abogados especializados en accidentes como Abogados GH es la mejor forma de garantizar una justa aplicación del Baremo para que tus daños y perjuicios sean compensados.