Duro revés para los afectados por las cláusulas suelo

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Los despachos de abogados que llevamos batallando por la eliminación de la cláusula suelode su hipoteca, hemos recibido con cierto pesimismo la noticia de que el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Paolo Mengozzi, concluye que“la limitación en el tiempo de los efectos de la nulidad”es compatible con la directiva europea. Es decir, no apoya la retroactividad total, (solo hasta el 9 de mayo del 2013), el hecho de que a los afectados se les reembolsen las cantidades cobradas de más desde el momento de la firma de sus hipotecas.

Aunque tendremos que esperar a finales de este 2016 para conocer la sentencia firme, cada vez parece más probable que la resolución se incline del lado de quienes rechazan la retroactividad total. Dicho de otro modo, los afectados no podrían recuperar el dinero que las entidades les cobraron indebidamente desde el momento de firmar la hipoteca. La sentencia del Tribunal Supremo del 24 de abril del 2015 reafirmaba la devolución de las cantidades cobradas de forma abusiva, pero sólo desde el 9 de mayo del 2013. Por lo tanto, en la que fue la primera sentencia de nulidad de las cláusulas suelo se determinaba únicamente una retroactividad parcial.

Mientras, seguimos luchando por la retroactividad total a la espera de que este otoño se conozca la decisión definitiva de la justicia europea. Una batalla en la que, como decimos, las conclusiones del Abogado General del TJUE han hecho tambalear las esperanzas de los afectados.

Como contrapartida, estas conclusiones insuflan cierta tranquilidad a las entidades financieras, temerosas de que una eventual retroactividad total les afectase muy negativamente. De hecho, el Banco de España habla de un impacto de 7.600 millones de euros.

El Abogado General del TJUE suscribe por lo tanto la decisión del Tribunal Supremo español que, en su fallo de 2013, defendía la necesidad de limitar la retroactividad de cara a proteger la estabilidad económica pero sin descuidar los derechos de las personas afectadas. Insiste Mengozzi  en que no se puede exigir a los Estados miembros que acaten una nulidad retroactiva. Sostiene que lo más recomendable es que se devuelva sólo lo cobrado de más después de mayo del 2013 dadas las repercusiones macroeconómicas que tendría un reembolso total.

Desde GH Abogados insistimos en quelas conclusiones a las que ha llegado elAbogado General del TJUE no son vinculantes. De todas formas, la historia nos demuestra que el Tribunal de Justicia tiende a dictar sentencia en el mismo sentido. De hecho, el 90% de los fallos siguen la pauta marcada por el Abogado General del Tribunal Europeo. Sea como sea, tendremos que esperar como mínimo hasta el otoño para conocer la resolución definitiva de la justicia europea.

Si desea más información de cómo reclamar a su entidad financiera la devolución de lo pagado de más, desde el 9 de mayo del 2013, no dude en llamarnos, no tiene nada que perder y sí mucho que ganar. Recordarle que nuestros honorarios los pagará el banco, por lo que usted no tendrá que abonar nada al despacho. Más información en www.hipotecaclausulasuelo.es